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Seguro de dron en España: cuándo es obligatorio (RD 517/2024)

27 de mayo de 2026Lectura · 5 minrpaslab
Normativa · Carta de vuelo

Un dron es una aeronave, y las aeronaves responden de los daños que causan. El marco español — actualizado por el Real Decreto 517/2024 — ha puesto orden en una pregunta clásica: ¿necesito seguro para volar mi dron?

La regla práctica

  • Categoría específica y certificada: seguro de responsabilidad civil obligatorio, siempre.
  • Categoría abierta: obligatorio en la mayoría de supuestos con relevancia real (peso, uso, entorno); consulta tu caso concreto.
  • Drones de mayor masa: aplican además los mínimos del Reglamento (CE) 785/2004.

Qué debe cubrir

La pieza clave es la responsabilidad civil frente a terceros: daños a personas y bienes en tierra causados por la aeronave. A partir de ahí, el mercado ofrece coberturas adicionales (casco del propio dron, robo, operador adicional…) que ya son elección tuya, no obligación.

Errores que vemos a menudo

  • Pólizas de hogar o de RC general que no cubren aeronaves: no valen como seguro de dron.
  • Seguros contratados para ocio usados en trabajos remunerados.
  • Coberturas caducadas en el momento del vuelo — la fecha importa.

Siguiente paso

¿Lo aplicamos a tu caso?

Estudio preliminar sin compromiso, directo con el piloto.

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